20.6.09

REGLAMENTO DE LA COMUNIDAD

Sin que los administradores del blog entren o compartan necesariamente las opiniones expresadas, y rogando que los comentarios que pudieran efectuarse sean responsables y respetuosos, se publica el mensaje recibido de un vecino, por medio de correo electrónico, que nos ha trasmitido su solicitud de que se anulen las normas del Reglamento de la Comunidad, expresando que así al menos algunos vecinos no nos sentiremos incómodos ante las situaciones de su continua transgresión, ni lo que es peor, estúpidos al respetarlas y haciéndolas respetar a nuestros hijos, y añadiendo:
1. Deben mantenerse limpias las zonas interiores comunes del edificio, haciendo uso de las papeleras.
Nadie repara en cómo se encuentra, un día sí y otro también, el cuarto de buzones por ejemplo.
2. Se prohíbe circular en las zonas comunes con bicicletas, patines, etc. y practicar cualquier tipo de deporte que pudiera dañar las instalaciones o incomodar a los vecinos, así como el uso de balones duros o de reglamento.
¿No es la piscina -y su césped- una zona común? Pues no hay uso, sino abuso de balones.
3. El uso de la piscina y pista de pádel queda reservado para los propietarios y/o arrendatarios, aunque, en momentos puntuales (como visitas), se permitirá el uso a otros familiares y amigos, siempre que estén acompañados por los propietarios.
No encuentro comentario apropiado.
4. Queda prohibida la entrada de animales en el recinto de piscina, siendo obligatorio que los mismos estén convenientemente atados en las demás zonas comunes del ­edificio. Es responsabilidad de los propietarios de animales cuidar que no hagan sus necesidades dentro de las zonas comunes, ni en el porche de acceso al edificio.
Parece que este punto solo se refiere a animales domésticos ...
5. No están permitidas las botellas de cristal en la zona de piscina, ni tampoco se podrá comer en dicha zona.
No se puede comer ¿Entonces si se puede merendar o cenar?.
6. Por razones de higiene, es obligatorio ducharse antes del baño.
Incluso además de obligatorio, es recomendable, pero es más divertido jugar a esquivar las duchas, incluso a riesgo de que por la levedad de estas acaben cualquier día en el suelo.
7. Está prohibido jugar con balones dentro de la piscina, así como introducir colchonetas o elementos similares que pudieran molestar al resto de usuarios.
Lo que debería prohibirse es nadar, ¡qué demonios! no sea que molestemos a los adolescentes.
8. Se ruega entrar con calzado adecuado a la zona de piscina.
Ante tal ruego, debería indicarse que no es el adecuado, el calzado de calle, sino las chanclas, chancletas, zapatillas, cholas ...
9. No se podrá acceder al recinto de piscina durante la época en que la misma este cerrada.
El recinto de la piscina puede entenderse cabalmente como la zona húmeda, el agua, y la zona que la circunda, rodeada de un cristal, a modo de cerramiento.
10. Se ruega, después del baño, acceder a los portales debidamente secos para no mojar las zonas comunes.
11. Debe hacerse un uso racional de la piscina respetando a los demás usuarios y no tirándose de forma molesta para el resto de bañistas.
Además de insistir que quizá lo que debe prohibirse es nadar. Aclarar que el cristal del cerramiento no es para que se ejercite el salto sobre ella, o la pared para el rebote del balón, sino que acaba en puerta, que es por donde entran las personas.
12. La pista de pádel es para jugar exclusivamente a dicho deporte, no pudiéndose practicar en ella ninguna otra actividad deportiva.
Se entiende por deportiva, también lo de practicar con el pie y el balón.
13. Cada persona solo podrá jugar una hora al día como máximo al pádel, salvo en el caso de que la pista no esté ocupada o reservada.
14. A tal efecto, se instalará en el Tablón de Anuncios del cuarto de los buzones un cuadro para reservar las horas de juego, debiendo iniciarse el mismo a las horas en punto.
Ya quedó fijada una regulación específica del padel.
15. El horario de piscina será de 10:00 a 22:00 horas, y la época de apertura de 1 de junio a 15 de septiembre. Se ruega no hacer mucho ruido durante el patio en el periodo comprendido entre las 15:00 y 17:00 horas.
Por supuesto, este horario es solamente para los vecinos propietarios, no para sus hijos ni para los amigos de estos, que podrán acceder a bañarse a cualquier hora del día o de la noche, disfrutando por supuesto del curioso baño en la piscina iluminada.
Por cierto si alguna desgracia ocurriera, ¿sería responsable la comunidad?.
16. El horario de utilización de la pista de pádel será de 10:00 a 22:00 horas.
17. EN TODO CASO, LOS PROPIETARIOS SERÁN RESPONSABLES DE LOS DAÑOS CAUSADOS EN LOS ELEMENTOS COMUNES POR ACCIONES PROPIAS, O DE LAS PERSONAS QUE ESTEN A SU CARGO.
Y ¿quién será el responsable de reclamar estos daños y demostrarlos?.

13 comentarios:

Anónimo dijo...

Estoy totalmente de acuerdo con el comentario sobre el reglamento de uso de la comunidad. Y dire mas: si todos miramos impasibles como un grupo de adolescentes (uno de la comunidad y ¡CINCO! "invitados") se escupen dentro de la piscina, se tiran de tal modo que practicamente expulsan a los usuarios que en ese momento estamos alli, "balonean" sin ningun pudor a una señora que se ha atrevido a sentarse en su linea de fuego... digo que si todos observamos imapasibles estos comportamientos para no quedar a mal con el vecino, nos mereceremos que un dia nos echen de nuestra casa gente como este grupo de salvajes. Y quien habla de la piscina habla de todas las zonas comunes. Con nuestra actitud pusilanime les estamos entregando las llaves de nuestra urbanizacion.

Anónimo dijo...

En relación con el comentario anterior, sólo decir que no es que les estemos entregando las llaves de nuestra urbanización, ya que las puertas están siempre abiertas y entra aquél que quiera. Es más, incluso viene gente de fuera sin ningún pudor a bañarse por las mañanas con toda la tranquilidad del mundo, ya que no necesita abrir la puerta de entrada...

Anónimo dijo...

QUIERO RECORDAR QUE LA COMUNIDAD TIENE UN CONTRATO CON UNA EMPRESA DE LIMPIEZA QUE INCLUYE UN PORTERO 40 HORAS SEMANALES,NO JUSTIFICO QUE ALGUIEN NO UTILICE LAS PAPELERAS PERO SI PAGAMOS A UNA EMPRESA PORQUE EL PATIO,LOS CRISTALES DE LOS PORTALES,EL RESTO DE CRISTALES,LOS BUZONES Y EL RESTO DE DEPENDENCIAS DEL EDIFICIO ESTAN POCO LIMPIAS.
SI CREEMOS QUE UN PORTERO NO ES SUFICIENTE PODEMOS CONTRATAR TRES MAS.ALGUIEN SABE LAS OBLIGACIONES DEL PORTERO LAS 40 HORAS SEMANALES.
GRACIAS DE ANTEMANO.

Anónimo dijo...

Sí claro, ¿Para que vamos a educar a los hijos, si podemos "pagar" para que recojan sus/nuestros destrozos, nuestra basura? ¿Esa es la filosofía? Pués no coincide con la mía.

Anónimo dijo...

Yo creo que con que algunos demostraran algo de civismo sería suficiente.
Ya es suficientemente dificil entrar en la urbanización cargado de bolsas como para tener que estar esquivando papeles, balonazos o niños a todo trapo con los patines. Y lo de la piscina ya es un caso aparte.

Ah, y no señores, no nos hace falta otro portero, sino comportarnos como personas. No es mas limpio quien mas limpia, sino quien menos ensucia. Les pregunto: ¿Hacen lo mismo en su casa? ¿Tambien dejan a los niños campando a sus anchas hasta altas horas de la noche y les dejan acribillar a balonazos el mobiliario?.... No hagan con los demás lo que no gusten recibir ustedes mismos.

Anónimo dijo...

Está muy bien el tener un horario de utilización de la piscina (aunque no siempre se respete); ¿y que pasa con el horario de poder dormir a las dos de la madrugada? porque eso es lo que pasó la noche del viernes al sábado, y no es la primera vez que ocurre, que teniamos jarana montada y no había quien pegara ojo con las risas y chillidos de personas montando un escándalo como si fueran las ocho de la tarde.

Y échense a temblar, que llegan las vacaciones , y la urbanización se convertirá en un patio de colegio...eso sí, sin horario de cierre,sin reglas y sin normas, porque mientras los padres están de tertulia, o quizá de descanso , los demás vecinos tenemos que aguantar lo que ellos no aguantan en su casa.

Anónimo dijo...

Estoy completamente de acuerdo con lo que nuestro vecino/a ha escrito acerca de las normas de esta comunidad. Normas, para quién, para unos cuantos?. Por favor hagamos una reunión de inmediato y obliguemos, de alguna manera, a hacer cumplir el reglamento. Estoy harto de ver a un vecino(1) traer todos los días a más de 4 amigos mañana y tarde y ahora a otro del (7) por la noche. ¡Qué vergueza!. Esto NO SE PUEDE CONSENTIR.

Anónimo dijo...

¡Ojalá pudiéramos obligar a cumpir el reglamento! Pero eso es imposible. Es cuestión de educación y civismo, cosas que, por desgracia, brillan por su ausencia entre cierta gente. Ésto es una corrala de las de Arniches. Exáctamente igual. Somos de vergüenza ajena.

Anónimo dijo...

En eso te equivocas, sí se puede hacer algo contra los incumplimientos; Por ejemplo:

http://www.urbcerrosdelaguila.com/estatutos.php

7) INCUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO INTERNO
a) Les recordamos que los propietarios son responsables de cualquier incumplimiento de
este reglamento sea cometido por el propietario, su familia, personas dependientes de
él, invitados, inquilinos, usufructuarios o cualquier persona que se beneficia de la
propiedad.

b) En el primer y segundo caso de incumplimiento de este reglamento la Junta directiva
emitirá una carta de amonestación.

c) En el caso de un tercer incumplimiento del reglamento, el propietario puede ser
negado el uso y disfrute de las zonas comunes. Además se puede presentar una
demanda civil contra él o efectuar una denuncia contra él en la entidad pública
pertinente.


Otro ejemplo:
http://www.cabo-gonzalez.org/administracion/AR_nri.htm

NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA COMUNIDAD DE CALLE ANTONIO RIQUER Nº 10 DE SAN ANTONIO (IBIZA)

Las normas de utilización de servicios comunes y comportamiento dentro de la Urbanización, tanto en la zona de exteriores como en los interiores comunes, son las siguientes:

Articulo 1º. Las normas son de obligado cumplimiento para todos los copropietarios e inquilinos.

Artículo 2º. La Junta Rectora, a través del Secretario-Administrador si lo hubiera y sino a través del Presidente de la Comunidad, dará cuenta por escrito al propietario del piso de la decisión tomada en relación con la falta cometida por él, sus familiares, invitados y personas que de él dependan, bien entendido, que el único responsable será el propietario de la entidad registral. Cuando dicha entidad lo ocupen terceras personas, de las que tenga constancia la Comunidad, las comunicaciones se harán igualmente a los usuarios.

Artículo 3º. Las decisiones de la Comisión directiva serán ejecutivas, antes las cuales las persona sancionada podrá impugnarlas por escrito ante la Junta Rectora.



SANCIONES A IMPONER


Articulo 4º. La primera falta a las normas de la Comunidad dará lugar a una primera amonestación simple.

Artículo 5º. La segunda falta supondrá amonestación con la advertencia de que podrá ser privado, en la forma y tiempo que se establezca, de la utilización de los servicios o elementos comunes.

Artículo 6º. Caso de darse la tercera falta, como ello supone una clara desobediencia de las normas de convivencia, podrá dar lugar a la privación del derecho de utilizar elementos y servicios comunes, sin perjuicio de la decisión que al respecto pueda adoptarse en la Junta General e independientemente de la reparación económica de los daños ocasionados y de las acciones previstas en el artículo 19 de la Ley de Propiedad Horizontal

Anónimo dijo...

Al parecer, la mayoria de los vecinos estamos de acuerdo con los comentarios de las normas de nuestra comunidad, asi que espero que todo esto se solucione pronto. Creo que esto no es problema de los hijos, sino de los padres que no saben educarlos. Esta tarde entraba una niña (portal **, ***º A)con sus amiguitas-primitas a bañarse (como esto es la piscina municipal), y al llamarle la atencion en cuanto a que no se puede traer a nadie, ésta hizo caso omiso a mis palabras.
Otro comentario que me gustaria añadir es que, por favor, las madres se abstengan de celebrar los cumpleaños de sus hijos en las zonas comunes, ya que si este año vuelvo a verlo, me bajo la barbacoa portatil y me traigo a todos mis amigos. GRACIAS

Anónimo dijo...

Puesto que algunos vecinos se escudan en el hecho de decir, ah!, yo no sabía de la existencia de ese reglamento. Os pido que hagais 16 fotocopias del mismo y que se pongan en los ascensores de los portales y otra en el cuarto de los buzones, de esta manera NADIE podrá volver a decir que no sabía de la existencia de este reglameto.

Anónimo dijo...

Buenísima información la que nos envia este vecino. Llevémoslo a cabo. Por cierto,¿por qué el autor del blog nos quita el nombre de los vecinos que incumplen las normas?. Debemos y tenemos el derecho de denunciar públicamente que un vecino del portal * se trajo a 13 amigos y que rompieron las rejillas de la piscina y que este mismo vecino ha seguido trayendo amigos, al menos 4 cada día, desde entonces. ¿por qué tienen que quitar el número del portal? ¿por qué no podemos decir que ayer después de las 10 de la noche y después de que nuestro presidente llamara la atención a unos chavales que estaban en la piscina indebidamente, las personas que estaban ***** esperaron a que nuestro presidente se marchara para meterse después ellos en la piscina?, Que cara más dura!.Todos sabemos quienes son estos "señores". ¿por qué no podemos decir que un vecino del portal * se trajo hace unos días a unos amigos y se bajó el plato del chorizo y queso a la piscina?,. No solo son los niños los culpables. En estos casos que refiero TODOS son muy mayores. Esto es una finca privada para uso y disfrute de sus propietarios: los amigos, familiares y allegados NO pueden utilizar estas instalaciones a sus anchas. Existen las piscinas y recintos públicos para tales casos.

Principe de Vergara 66 Salamanca dijo...

Los moderadores de este blog, que no autores, ya que los autores lo sois vosotros mismos que publicáis, han considerado que no pueden transmitir a través de este medio opiniones públicamente de nadie y contra nadie, y mucho menos de publicantes anónimos.
Por otra parte sí entienden que esa "denuncia" concreta y con nombres, o números de pisos, podría y debería hacerse llegar a los responsables, bien los Vocales o el Presidente, bien mucho más fácilmente, y como nosotros solemos hacer, al Administrador, cuyo correo electrónico y teléfono figuran en el margen de este blog.

Por otra parte, se expuso al comienzo de la entrada que se publicaba "sin que los administradores del blog entren o compartan necesariamente las opiniones expresadas, y rogando que los comentarios que pudieran efectuarse sean responsables y respetuosos".

Entendemos que cualquiera otra u otras personas tienen libertad para hacer esta tarea, publicando otro blog, o aceptando las claves de este mismo y administrándolo.

Por último, pareciéndonos muy sano este debate, en este medio, entendemos que el interés mostrado por el tema podría tener base suficiente para una solicitud de una eventual convocatoria de reunión en torno a la cuestión. Ya saben el procedimiento, firmas y correo al Administrador.