28.6.09

Sugerencia al Ayuntamiento

Hemos planteado al Ayuntamiento la siguiente sugerencia, que afecta a todos los vecinos que circulamos a diario por este cruce:

Muy agradecido por las soluciones que adoptaron frente a nuestras anteriores comunicaciones - excepto en lo referido a la línea de autobús, que suponemos estará aún en estudio - nos atrevemos a exponer lo siguiente:

Frente a la entrada de nuestro edificio, en Príncipe de Vergara 66-92, y otra vez consecuencia de la reestructuración vial efectuada, se ha configurado un cruce con bastante complejidad y escasa señalización: C/ Príncipe de Vergara con Avda. de las Artes y C/ de los Santos confluyendo indirectamente C/ del Recreo.
Ya conocemos que se encuentra en redacción el proyecto del boulevard y que pronto se acometerán las obras, pero la posibilidad cierta de un accidente de tráfico nos lleva a sugerir una inmediata y sencilla actuación, tal como la aplicación de marcas de pintura en el pavimento que delimiten o definan el cruce -y sus prioridades- en su configuración actual.

23.6.09

ACTUACION EN LA COMUNIDAD

Ayer tuvimos en el patio de la comunidad un acto cultural y, a la vez, de relación entre y con el vecindario y con los miembros del Colegio La Milagrosa, sito frente a nuestro edificio.
Algunos niños/as de nuestras viviendas participan en el coro, otros son amigos suyos, y así las relaciones se extienden de manera que resultó bonito ver a estos pequeños espectadores frente a un acto de este tipo.
Hubo bastantes niños y familiares, y el acto se desarrolló con un respeto y un aprecio muy encomiable hacia lo que, en definitiva, es un acto de Cultura.

20.6.09

REGLAMENTO DE LA COMUNIDAD

Sin que los administradores del blog entren o compartan necesariamente las opiniones expresadas, y rogando que los comentarios que pudieran efectuarse sean responsables y respetuosos, se publica el mensaje recibido de un vecino, por medio de correo electrónico, que nos ha trasmitido su solicitud de que se anulen las normas del Reglamento de la Comunidad, expresando que así al menos algunos vecinos no nos sentiremos incómodos ante las situaciones de su continua transgresión, ni lo que es peor, estúpidos al respetarlas y haciéndolas respetar a nuestros hijos, y añadiendo:
1. Deben mantenerse limpias las zonas interiores comunes del edificio, haciendo uso de las papeleras.
Nadie repara en cómo se encuentra, un día sí y otro también, el cuarto de buzones por ejemplo.
2. Se prohíbe circular en las zonas comunes con bicicletas, patines, etc. y practicar cualquier tipo de deporte que pudiera dañar las instalaciones o incomodar a los vecinos, así como el uso de balones duros o de reglamento.
¿No es la piscina -y su césped- una zona común? Pues no hay uso, sino abuso de balones.
3. El uso de la piscina y pista de pádel queda reservado para los propietarios y/o arrendatarios, aunque, en momentos puntuales (como visitas), se permitirá el uso a otros familiares y amigos, siempre que estén acompañados por los propietarios.
No encuentro comentario apropiado.
4. Queda prohibida la entrada de animales en el recinto de piscina, siendo obligatorio que los mismos estén convenientemente atados en las demás zonas comunes del ­edificio. Es responsabilidad de los propietarios de animales cuidar que no hagan sus necesidades dentro de las zonas comunes, ni en el porche de acceso al edificio.
Parece que este punto solo se refiere a animales domésticos ...
5. No están permitidas las botellas de cristal en la zona de piscina, ni tampoco se podrá comer en dicha zona.
No se puede comer ¿Entonces si se puede merendar o cenar?.
6. Por razones de higiene, es obligatorio ducharse antes del baño.
Incluso además de obligatorio, es recomendable, pero es más divertido jugar a esquivar las duchas, incluso a riesgo de que por la levedad de estas acaben cualquier día en el suelo.
7. Está prohibido jugar con balones dentro de la piscina, así como introducir colchonetas o elementos similares que pudieran molestar al resto de usuarios.
Lo que debería prohibirse es nadar, ¡qué demonios! no sea que molestemos a los adolescentes.
8. Se ruega entrar con calzado adecuado a la zona de piscina.
Ante tal ruego, debería indicarse que no es el adecuado, el calzado de calle, sino las chanclas, chancletas, zapatillas, cholas ...
9. No se podrá acceder al recinto de piscina durante la época en que la misma este cerrada.
El recinto de la piscina puede entenderse cabalmente como la zona húmeda, el agua, y la zona que la circunda, rodeada de un cristal, a modo de cerramiento.
10. Se ruega, después del baño, acceder a los portales debidamente secos para no mojar las zonas comunes.
11. Debe hacerse un uso racional de la piscina respetando a los demás usuarios y no tirándose de forma molesta para el resto de bañistas.
Además de insistir que quizá lo que debe prohibirse es nadar. Aclarar que el cristal del cerramiento no es para que se ejercite el salto sobre ella, o la pared para el rebote del balón, sino que acaba en puerta, que es por donde entran las personas.
12. La pista de pádel es para jugar exclusivamente a dicho deporte, no pudiéndose practicar en ella ninguna otra actividad deportiva.
Se entiende por deportiva, también lo de practicar con el pie y el balón.
13. Cada persona solo podrá jugar una hora al día como máximo al pádel, salvo en el caso de que la pista no esté ocupada o reservada.
14. A tal efecto, se instalará en el Tablón de Anuncios del cuarto de los buzones un cuadro para reservar las horas de juego, debiendo iniciarse el mismo a las horas en punto.
Ya quedó fijada una regulación específica del padel.
15. El horario de piscina será de 10:00 a 22:00 horas, y la época de apertura de 1 de junio a 15 de septiembre. Se ruega no hacer mucho ruido durante el patio en el periodo comprendido entre las 15:00 y 17:00 horas.
Por supuesto, este horario es solamente para los vecinos propietarios, no para sus hijos ni para los amigos de estos, que podrán acceder a bañarse a cualquier hora del día o de la noche, disfrutando por supuesto del curioso baño en la piscina iluminada.
Por cierto si alguna desgracia ocurriera, ¿sería responsable la comunidad?.
16. El horario de utilización de la pista de pádel será de 10:00 a 22:00 horas.
17. EN TODO CASO, LOS PROPIETARIOS SERÁN RESPONSABLES DE LOS DAÑOS CAUSADOS EN LOS ELEMENTOS COMUNES POR ACCIONES PROPIAS, O DE LAS PERSONAS QUE ESTEN A SU CARGO.
Y ¿quién será el responsable de reclamar estos daños y demostrarlos?.

17.6.09

Modificación del Padrón

Ante la Solicitud de unificación padronal que mencionamos en entrada anterior, parece ser que en el Ayuntamiento han dado solución al asunto, formalizando a los efectos de padrón y de tributos la dirección actualizada: PRINCIPE DE VERGARA 66-92 Portal 1 a 15 Piso y Puerta o Garaje correspondientes.

Al menos quién esto escribe lo ha constatado en cuanto a los datos de su familia se refiere.
En cuanto al catastro, parece que el expediente se encuentra en trámite.

15.6.09

VERGARA 66 ARRASA EN EL PADEL NISSAN CUP

La pista de padel de la urbanización ya empieza a dar sus frutos.

El pasado fin de semana se celebró el I Torner de Padel Nissan Cup Salamanca, en las nuevas instalaciones municipales de Garrido.

De las seis posibles finales a disputar, en tres de ellas (bronce A , bronce B, y plata B) participaron tres parejas formadas por gente de la urbanización.

Teniendo en cuenta que unicamente llevamos un año jugando a este deporte el exito obtenido es mas que notable y lo unico que hay que añadir es que la gente se anime a jugar más.

11.6.09

Correo electrónico: vergara66@gmail.com

Para que el blog cumpla su misión, os agradecería que enviárais vuestros comentarios, fotos, preguntas y, porqué no, cotilleos a la dirección de correo electrónico vergara66@gmail.com y así podremos tener el blog actualizado para todos los vecinos.